INSTRUMENTOS JURIDICOS DE DEFENSA FRENTE AL FISCO

INSTRUMENTOS JURIDICOS DE DEFENSA FRENTE AL FISCO

"MENDEZ GALEANA

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Para el autor de este libro, las personas físicas y morales que tienen la obligación de contribuir al fisco no pueden estar expuestas a actos que perturben su tranquilidad y seguridad jurídica, y que violenten sus garantías lndividuales de seguridad y legalidad.La postura del fisco cobrador de las contribuciones es la de un acreedor investido de soberanía, que ha de recaudarlas con la voluntad de los contribuyentes o por la fuerza. Sin embargo, éstos disponen de medios de defensa, como los recursos administrativos (art. 116 del Código Fiscal de la Federación), el juicio contencioso administrativo-fiscal ante el Tribuna Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de acuerdo con su ley respectiva, así como de la revisión ante la autoridad judicial federal para defenderse en última instancia (juicio de amparo directo).Mediante un método práctico y sintético, el autor expone los instrumentos y las instituciones jurídicas que permiten combatir los actos o las resoluciones ilegales, incluso violatorios de la Constitución, que dictan las autorldades fiscales y causan agravio a los contribuyentes.Los instrumentos jurídicos que la ley establece, y que se muestran aquí, tienen como finalidad proteger a los contribuyentes afectados por la violación, aplicación incorrecta o no aplicación de las disposiciones fiscates, porque, en opinión de Méndez Galeana, la armonía social, particularmente tributaria, es consecuencia de la aplicación justa de las disposiciones fiscales. Para el autor de este libro, las personas físicas y morales que tienen la obligación de contribuir al fisco no pueden estar expuestas a actos que perturben su tranquilidad y seguridad jurídica, y que violenten sus garantías lndividuales de seguridad y legalidad.La postura del fisco cobrador de las contribuciones es la de un acreedor investido de soberanía, que ha de recaudarlas con la voluntad de los contribuyentes o por la fuerza. Sin embargo, éstos disponen de medios de defensa, como los recursos administrativos (art. 116 del Código Fiscal de la Federación), el juicio contencioso administrativo-fiscal ante el Tribuna Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de acuerdo con su ley respectiva, así como de la revisión ante la autoridad judicial federal para defenderse en última instancia (juicio de amparo directo).Mediante un método práctico y sintético, el autor expone los instrumentos y las instituciones jurídicas que permiten combatir los actos o las resoluciones ilegales, incluso violatorios de la Constitución, que dictan las autorldades fiscales y causan agravio a los contribuyentes.Los instrumentos jurídicos que la ley establece, y que se muestran aquí, tienen como finalidad proteger a los contribuyentes afectados por la violación, aplicación incorrecta o no aplicación de las disposiciones fiscates, porque, en opinión de Méndez Galeana, la armonía social, particularmente tributaria, es consecuencia de la aplicación justa de las disposiciones fiscales. 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Sin embargo, éstos disponen de medios de defensa, como los recursos administrativos (art. 116 del Código Fiscal de la Federación), el juicio contencioso administrativo-fiscal ante el Tribuna Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de acuerdo con su ley respectiva, así como de la revisión ante la autoridad judicial federal para defenderse en última instancia (juicio de amparo directo).Mediante un método práctico y sintético, el autor expone los instrumentos y las instituciones jurídicas que permiten combatir los actos o las resoluciones ilegales, incluso violatorios de la Constitución, que dictan las autorldades fiscales y causan agravio a los contribuyentes.Los instrumentos jurídicos que la ley establece, y que se muestran aquí, tienen como finalidad proteger a los contribuyentes afectados por la violación, aplicación incorrecta o no aplicación de las disposiciones fiscates, porque, en opinión de Méndez Galeana, la armonía social, particularmente tributaria, es consecuencia de la aplicación justa de las disposiciones fiscales. 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Sin embargo, éstos disponen de medios de defensa, como los recursos administrativos (art. 116 del Código Fiscal de la Federación), el juicio contencioso administrativo-fiscal ante el Tribuna Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de acuerdo con su ley respectiva, así como de la revisión ante la autoridad judicial federal para defenderse en última instancia (juicio de amparo directo).Mediante un método práctico y sintético, el autor expone los instrumentos y las instituciones jurídicas que permiten combatir los actos o las resoluciones ilegales, incluso violatorios de la Constitución, que dictan las autorldades fiscales y causan agravio a los contribuyentes.Los instrumentos jurídicos que la ley establece, y que se muestran aquí, tienen como finalidad proteger a los contribuyentes afectados por la violación, aplicación incorrecta o no aplicación de las disposiciones fiscates, porque, en opinión de Méndez Galeana, la armonía social, particularmente tributaria, es consecuencia de la aplicación justa de las disposiciones fiscales. 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Sin embargo, éstos disponen de medios de defensa, como los recursos administrativos (art. 116 del Código Fiscal de la Federación), el juicio contencioso administrativo-fiscal ante el Tribuna Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de acuerdo con su ley respectiva, así como de la revisión ante la autoridad judicial federal para defenderse en última instancia (juicio de amparo directo).Mediante un método práctico y sintético, el autor expone los instrumentos y las instituciones jurídicas que permiten combatir los actos o las resoluciones ilegales, incluso violatorios de la Constitución, que dictan las autorldades fiscales y causan agravio a los contribuyentes.Los instrumentos jurídicos que la ley establece, y que se muestran aquí, tienen como finalidad proteger a los contribuyentes afectados por la violación, aplicación incorrecta o no aplicación de las disposiciones fiscates, porque, en opinión de Méndez Galeana, la armonía social, particularmente tributaria, es consecuencia de la aplicación justa de las disposiciones fiscales. 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